Complicidad o beneficios vía Dictadura: una iniciativa polémica
Por Eduardo Zamorano
El 23/9/2015, la Cámara de Diputados otorgó media sanción y remitió de inmediato al Senado, a un proyecto de ley para crear una Comisión Bicameral Investigadora de “los cómplices civiles y/o beneficiarios económicos” de la dictadura denominada “Proceso de reorganización nacional” (1976/83).
Antes de opinar sobre esta iniciativa parlamentaria, conviene conocer, a grandes rasgos, sus objetivos y alcances.
• El propósito del proyecto es identificar a los actores económicos y técnicos que contribuyeron o se beneficiaron con las actividades de la dictadura.
• La futura Comisión tendrá, entre otras, estas facultades: denunciar a aquellas personas sospechadas de haber perpetrado delitos u obtenido rentas a propósito de la acción del gobierno de facto; instarlos a reparar los daños individuales o colectivos que hubieran generado; y solicitar informes a entidades públicas o privadas.
• Las personas o entes requeridos no podrán oponerse a proporcionar la información solicitada en base al secreto bancario, fiscal, bursátil o profesional. Tampoco podrán invocar compromisos legales o contractuales de confidencialidad.
• Desde la fecha de su constitución, esta Comisión tendrá un plazo máximo de 180 días (prorrogable por única vez por un lapso igual) para producir su informe.
Reseñados los trazos claves del emprendimiento, caben estas reflexiones.
1.- El proyecto fue aprobado en Diputados por todos los bloques legislativos, excepto PRO que se abstuvo.
Ello permite inferir que saldrá airoso del Senado, pero también garantiza su cumplimiento por quién resulte electo Presidente del país ya que, en principio, le resultará difícil desconocer una voluntad legislativa prácticamente unánime.
2.- Sobre la declamada finalidad del proyecto, debe admitirse que los golpes de estado en nuestro país nunca fueron exclusivamente “militares”; todos ellos, en mayor o menor medida, contaron con estímulos previos y colaboraciones durante su curso de sectores pertenecientes a entidades diversas (políticas, eclesiásticas, empresarias, sindicales, y culturales).
3.- Confieso mis dudas sobre la eficacia de las investigaciones que se promueven mucho tiempo después de los hechos escrutados; en este caso, transcurrieron 32 años. Mis prevenciones se conectan con varios aspectos que suelen plasmarse en relación con estas metodologías.
En primer lugar están impregnadas de una “sabiduría retrospectiva”; es decir, se evalúan conductas desarrolladas en contextos epocales muy diferentes al actual. Se juzgan actitudes pasadas con la mirada del presente. Este proceder, puesto en lenguaje vulgar, implica analizar el partido del domingo con el diario del lunes. En ocasiones, los fiscales o jueces a cargo del trámite cursaban la escuela primaria cuando los hechos acaecían, lo cual les dificulta captar el “clima histórico” en que se desarrollaron, aspecto indispensable a la hora de evaluar comportamientos con implicancias políticas.
Otro elemento que despierta mis vacilaciones es que los “actores” o “protagonistas” destinatarios de la investigación están muertos o son gerontes aguardando el inexorable desenlace. Recuerdo que uno de los motivos que desprestigiaron a Baltasar Garzón ante sus pares españoles fue su pretensión de juzgar los crímenes de la Guerra Civil Española, proceso que hubiera debido llevarse a cabo en los cementerios.
5.- En rigor, a la luz de lo expresado en el punto anterior, presumo que el proyecto más que a las personas colaboracionistas con el Proceso, apunta a las entidades o empresas que integraron, las cuales están vigentes y activas. Abona esta presunción que presenta reminiscencias con el libro “CUENTAS PENDIENTES- Los cómplices económicos de la dictadura” (Siglo XXI Editores- 2013), obra colectiva coordinada por Horacio Verbitsky y Juan Pablo Bohoslavsky. Los Considerandos del proyecto son una llamativa síntesis de la posición desplegada en el libro. Allí se acusa como cómplices de la dictadura, por acción u omisión por ejemplo : a centrales empresarias (Sociedad Rural, Unión Industrial,etc); bancos (City, Lloyd´s, etc); diarios (Clarín, La Nación, La Nueva Provincia, etc); empresas (Ledesma, Ford, Acindar, Techint, Mercedes Benz; etc); agrupaciones profesionales (Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires); centros de estudios (CEMA, FIEL, etc).
6.- Como dije, las organizaciones enumeradas -aclaro que mencioné sólo una porción mínima de las referidas en el libro que parece orientar el proyecto- están plenamente activas. Esta circunstancia lleva a que algunos observadores conjeturen que el objetivo subyacente del proyecto no se sitúa en el pasado que proclama auscultar sino con vistas al futuro que propicia controlar. Para estos analistas -quizás poseídos por un exceso de suspicacia- se trataría de un mecanismo condicionante dirigido a disciplinar al establishment económico en prevención de sus eventuales embestidas contra funcionarios salientes, luego del cambio de gobierno.
7.- Finalmente, los objetores más enconados con el proyecto esgrimen su peligrosaambigüedad: ¿Qué debe entenderse, por ejemplo, cuando se alude a beneficiario del accionar de la Dictadura?
En este sentido, no ha faltado quién, con deliberada malicia, afirme que esa falta de precisión legal podría colocar en la picota de la Comisión, teóricamente por cierto, a estos personajes: el reputado jurista Raúl Eugenio Zaffaroni que fue designado juez durante el Proceso, juró por sus Actas inconstitucionales, y los habeas corpus por los desaparecidos se paralizaban en su Juzgado, o el ya mentado e insigne periodista Horacio Verbitsky que en 1977 cobró dinero de la Fuerza Aérea por escribir un libro sobre el “poder aéreo de los argentinos”, o finalmente el Estudio Jurídico de la familia Kirchner que atesoró suculentos honorarios ejecutando deudores hipotecarios con base en la Circular 1050 del Banco Central de la dictadura. Si la ley se leyera con un criterio laxo, no podría descartarse esta posibilidad, en tanto los nombrados obtuvieron “beneficios materiales comprobables” logrados, directa o indirectamente, a partir de actos o resoluciones de la dictadura.
Naturalmente, a entender de este escriba, sólo la miopía o un repudiable ánimo vengativo podría tachar de colaboracionistas a las personas mencionadas.
0 Comentarios:
Publicar un comentario
Suscribirse a Comentarios de la entrada [Atom]
<< Página Principal