jueves, diciembre 01, 2011

Sobre próceres y renegados

Por Eduardo Zamorano

Abogado / Columnista de Construcción Plural, el programa de Fernando Mauri.


El decreto 1880/11 (B.O. 21/11/2011) crea el INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTÓRICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO MANUEL DORREGO. Se trata de un organismo desconcentrado, el cual tiene por objetivo el estudio de personalidades históricas argentinas y de iberoamérica relegadas por “la historia oficial, escrita por los vencedores de las guerras civiles del siglo XIX”. Artículo primero. Esta iniciativa generó una viva polémica entre los estudiosos y aficionados a la historia, al punto de adquirir abundante presencia en los medios. Simplemente como ejemplo: dos investigadoras del CONICET (Mirta Zaida Lobato e Hilda Sábato) cuestionan la nueva institución adjudicándole escasa relevancia científica así como destilar un espíritu maniqueo. De manera parecida se expresaron Beatriz Sarlo, María Sáenz Quesada y Luis Alberto Romero. Por el contrario, salieron a reivindicar el instituto su presidente, Pacho O´Donnell, y algunos de sus integrantes (Victor Ramos, y Araceli Bellotta, entre otros), quiénes argumentan la necesidad de divulgar una “historia nacional, popular, democrática y federalista” por oposición a aquélla inspirada y escrita por “la oligarquía”. En los tramos siguientes, formularemos algunas reflexiones sobre esta temática, enderezadas a trasladar este interesante debate a nuestros avezados lectores. POSIBLES REPAROS LEGALES Previo ingresar en el fondo del asunto y máxime sabiendo que muchos de nuestros seguidores son abogados, trasuntamos nuestras dudas sobre la validez jurídica del decreto de creación del Instituto. En efecto, un decreto es, en definitiva, “un acto administrativo”. Bajo este marco debe resguardar los elementos esenciales inherentes a su condición jurídica. Si alguno de estos recaudos falta o está viciado compromete su eficacia así esté firmado -como en este caso- por la máxima autoridad del país. Los elementos infaltables de todo acto administrativo son: (i) Ser dictado por el órgano competente; (ii) Debe justificar las razones fácticas y jurídicas que amparan su creación (causa); (iii) Tener un objeto lícito; (iv) Seguir el procedimiento estipulado por la ley para su emisión; (v) Debe tener una motivación razonable; (vi) El resultado perseguido debe ser coincidente con el tipo de acto dictado (finalidad). Artículo octavo de la ley 19.549. Aquéllos actos que, entre otras irregularidades, “….tengan como existentes hechos o antecedentes inexistentes o falsos”, o que carezcan de “….causa por no existir o ser falsos los hechos o el derecho invocados” son NULOS. Artículo catorce de la ley antes citada. Sin pretender invadir una especialidad que nos resulta ajena (el Derecho Administrativo), nos genera incertidumbre la veracidad de las “causas y finalidades” del decreto. Va de suyo que los elementos opinables surgen de los Considerandos del acto administrativo. Detengámonos, entonces, en los Considerandos del decreto que nos preocupa. El Considerando primero explicita, en simultáneo la causa y finalidad del Decreto (o sea del nuevo Instituto), la cual “será estudiar, investigar y difundir la vida y la obra de personalidades y circunstancias destacadas de nuestra historia que no han recibido el reconocimiento adecuado en un ámbito institucional de carácter académico, acorde con las rigurosas exigencias del saber científico”. A su turno, el Considerando séptimo enumera las personalidades damnificadas. Así: “La actividad del instituto permitirá profundizar el conocimiento de la vida y obra de los mayores exponentes del ideario nacional, popular, federalista e iberoamericano, como José de San Martín, Martín Güemes, José Gervasio Artigas, Estanislao López, Francisco Ramírez, Angel Vicente Peñaloza, Felipe Varela, Facundo Quiroga, Juan Manuel de Rosas, Juan Bautista Bustos, Hipólito Yrigoyen, Juan Domingo Perón, y Eva Duarte de Perón, entre otros”. Los destacados nos pertenecen. Concatenando “causa y finalidad” según los Considerandos primero y séptimo, advertimos que el Decreto crea el Instituto porque afirma que los personajes históricos precedentemente mencionados no han tenido un reconocimiento académico adecuado y, en consecuencia, su obra ha sido escasamente difundida. Preguntas: ¿ESTAMOS ANTE UNA AFIRMACIÓN VERDADERA O FALSA? ¿SAN MARTÍN, ROSAS, PERON Y EVITA HAN SIDO OSCURECIDOS, NINGUNEADOS O EXECRADOS POR LA HISTORIA OFICIAL? ¿EXISTE UN VACÍO ACADÉMICO EN TORNO A ESTAS FIGURAS? Tratemos de dar respuesta a estos interrogantes. En primer lugar, debemos acordar en que se entiende HOY (año 2011) por “historia oficial”. Yendo a la comprobación más elemental, recorramos los libros de la materia “Historia Argentina” con los cuales se enseña en escuelas primarias y secundarias (públicas o privadas). El resultado de la compulsa es que se prodiga un tratamiento profuso y predominantemente encomiable a estas personalidades. Algo parecido puede predicarse del resto de los mencionados en el párrafo transcripto del Considerando séptimo. No resulta objetivamente válido sostener que la “historia oficial” que hoy se difunde masivamente en nuestro país, en todos los niveles de enseñanza, es la escrita por Bartolomé Mitre o Vicente Fidel López, circunstancia que parece surgir de los Considerandos del decreto de marras. Tampoco resiste un mínimo análisis lo relativo a un presunto déficit de estudios académicos en relación a estas figuras. ¿QUE SON ENTONCES EL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES HISTÓRICAS JUAN MANUEL DE ROSAS, EL INSTITUTO NACIONAL JUAN DOMINGO PERÓN, EL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES HISTORICAS EVA PERON Y SU ANEXO: EL MUSEO EVITA; Y POR FIN EL INSTITUTO NACIONAL SANMARTINIANO? Para el Decreto bajo análisis parecería que estas instituciones, creadas y financiadas por el Estado Argentino, son una entelequia o se evaporaron en el aire o devienen insuficientes……….Esto parece reñido con la realidad. Por ende, este primer punto nos lleva de la mano a considerar la posible nulidad del decreto de creación del Instituto Dorrego dada la ostensible falsedad de su causa y finalidad. LA HISTORIA COMO RELATO Hay quiénes postulan que la historiografía es un relato. Para ser más precisos la narración de los acontecimientos expresa un discurso y éste es una interpretación emitida por un sujeto que tiene la finalidad de persuadir al receptor sobre su validez. Para este enfoque, el historiador, dada su condición de autor, proyecta su subjetividad en cada relato histórico. No existe la objetividad y el relato histórico sirve para construir la identidad de un país y alumbrar las líneas maestras (posibles o necesarias) del futuro. En el libro “LA INVENCIÓN DE LA ARGENTINA” (Editorial Emecé, primera edición de 1993), su autor: Nicolás Shumway explica magistralmente como -superadas las guerras civiles y abierto el proceso inmigratorio-, era indispensable un relato que cohesionara a la población y , al mismo tiempo, la modelara en la dirección ideológica de la elite gobernante. Los gobiernos imbuídos de una autopercepción fundacional o trascendente, requieren un relato histórico en concordancia con sus postulados básicos. Un ejemplo de edificación de un relato –si bien que modesto y discreto- lo apreciamos en los documentales “LA REPUBLICA PERDIDA I Y II”, donde campeaba un esbozo de relato histórico con acentos republicanos y legalistas muy en sintonía con el discurso de Raúl Alfonsín. Luego de la muerte de Néstor Kirchner, las fuerzas que vanguardizan la coalición gubernamental pretenden un relato histórico a la page. Esa visión de la historia argentina reposaría sobre estas premisas: menos institucionalidad republicana y más movimientismo caudillista; palos para la ilustración extranjerizante y loas para el criollismo nacionalista. Más allá de las divagaciones de los Considerandos, el presumible objetivo del Decreto finca en apuntalar un relato acorde con estas tendencias. Sin perjuicio de ello, nos parecen exagerados -y en todo caso prematuros- los temores de la intelectualidad disidente respecto a que el Instituto sea la punta de lanza para expandir –siempre refiriéndome al campo educativo- “un pensamiento único” con formato de catecismo kirchnerista. Todos los gobiernos hacen propaganda y éste no es la excepción, aunque nos desagrade cuando se realiza de manera solapada. LA CARABINA DE AMBROSIO Los antecedentes reseñados son indicativos que se pretende sacralizar a determinadas figuras de nuestra historia en pos de un relato adecuado al gobierno de turno. Sin embargo, la estrategia puede provocar un efecto indeseado, contrapuesto al objetivo perseguido. Expliquémonos. El exceso de “bronce”, la exageración de las virtudes y el disimulo de los defectos, terminan por generar una reacción, digamos, “contracultural”. La tradicional “historia oficial” parida a fines del siglo XIX, comenzó a resquebrajarse precisamente por la sobreactuación de sus cultores. Ello propulsó los intentos revisionistas que primero llegaron desde el nacionalismo católico (Ibarguren, Quesada, los hermanos Irazusta, José María Rosa, Ernesto Palacio, etc); se prolongaron con la denominada “izquierda nacional” (Jorge Abelardo Ramos, Hernández Arregui, Rodolfo Ortega Peña, etc), e incluso contaron con su vertiente marxista ortodoxa (Leonardo Paso, Milcíades Peña, Rodolfo Puiggros, Silvio Frondizi, y Horacio Tarcus, entre otros). Estas variadas alternativas revisionistas confinaron la “historia oficial” a los polvorientos estantes de las bibliotecas. Si el novísimo Instituto, como puede colegirse, se concentra en el panegírico desmesurado de los otrora “malditos” para la enmohecida “historia oficial”, pues no sería extraño que, como en el cuento de Ambrosio y su carabina, el tiro salga por la culata.

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